Aquí una traducción automática al español para facilitar el acceso a quienes no saben inglés:
Resumen sencillo
Aclarar que la definición de 360p no significa literalmente 360 píxeles, y que ciertos códecs recortan columnas de 4 píxeles de cada lado de la imagen. Los envíos con 352 píxeles de ancho no deben considerarse una violación de las normas de envío.
Resumen
Esta propuesta de enmienda es una solución rápida e inmediata a los problemas relacionados con un método generalizado de presentación de vídeos... Desplaza la dimensión mínima de la anchura o la altura de los vídeos de 360 a 352 para que coincida con lo que se puede hacer actualmente en la tecnología más extendida disponible. Los 8 píxeles eliminados recortados por el códec debido a la antigua norma analógica PAL no es mover la línea demasiado y se ajusta a la capacidad técnica de la tecnología generalizada actual. No es realista desafiar a una persona porque se eliminen 8 píxeles de un lado de la imagen (en el caso de que sea el fondo lo que se elimine del cuadro y no la imagen real). Esta modificación es definitiva y no pretende servir de precedente para mover el mínimo más allá de esto.
Motivación
La forma más habitual y sencilla de que un usuario profano envíe y transfiera un vídeo sin instalaciones ni conocimientos adicionales es enviarlo por WhatsApp y descargarlo a través de WhatsApp web. Para evitar impugnaciones oportunistas que se adelantan en estos envíos, que de otro modo serían un envío de buena fe, debería ponerse en marcha una modificación urgente de esta política. También levantaría algunos métodos artificiales y torpes que los nuevos usuarios actuales están utilizando y que degradan la plataforma para cumplir con los requisitos (recodificación del vídeo, relleno a los lados del mismo, etc.).
Especificación
Las dimensiones mínimas del vídeo son un cuadrado de 352 píxeles por 352 píxeles. Los vídeos con un tamaño igual o superior al indicado no se considerarán una violación de la norma nº 4 de las directrices de presentación. Los vídeos que tengan un tamaño igual o inferior a 351 píxeles en cualquiera de sus dimensiones infringirán la regla nº 4.
Esta es una resolución provisional hasta que se aprueben unas directrices más precisas sobre la calidad de los vídeos.
Implementación
Cambiar el texto de la regla número 4, sustituyendo este bloque de texto:
"La calidad del vídeo debe ser de al menos 360p, con una duración máxima de 2 minutos y en el formato
video/webm, video/MP4, video/avi o video/mov"
Con este bloque de texto:
Los vídeos enviados deben cumplir todos los requisitos siguientes:
* una duración máxima de 2 minutos
* en formato video/webm, video/MP4, video/avi o video/mov,
* vertical (retrato), horizontal (paisaje) o cuadrado,
y seguir estos requisitos de tamaño mínimo:
* Altura mínima: igual o superior a 352 píxeles
* Anchura mínima: igual o superior a 352 píxeles
Justificación
Consulte la norma imprecisa sobre la calidad de vídeo de los envíos
Traducción realizada con la versión gratuita del traductor www.DeepL.com/Translator